Preguntas frecuentes: documentación, certificación y normativa sobre productos cosméticos y técnicas profesionales
En esta sección encontrarás respuestas a las preguntas más frecuentes sobre la documentación relativa a los productos cosméticos, la cosmética profesional para uñas y el equipamiento técnico de los salones de belleza y de manicura.
⚠️En primer lugar, una distinción importante: consumidor, profesional y empresario
A la hora de evaluar qué información o documentos tiene derecho a solicitar el cliente, es importante distinguir su condición y también el tipo de producto. El consumidor es una persona física que realiza una compra al margen de su actividad empresarial o del ejercicio de su profesión. El empresario o usuario profesional es una persona que compra o utiliza el producto en el marco de su actividad empresarial o profesional, por ejemplo, una diseñadora de uñas, una esteticista o el titular de un salón. Sin embargo, el mero hecho de que alguien sea usuario profesional de un producto cosmético no implica automáticamente que tenga derecho a acceder a la documentación interna regulatoria o de fabricación del producto, como el PIF o el CPSR.
1. ¿Qué es el CPNP y necesito un código CPNP?
El CPNP (Cosmetic Products Notification Portal) es un portal electrónico europeo a través del cual, antes de la comercialización de un producto cosmético en la UE, se notifica a la Comisión Europea la información sobre el producto exigida por la ley. Las personas responsables y los distribuidores también tienen acceso al sistema en la medida que corresponda a sus autorizaciones.
⚠️¿Debe el vendedor facilitar al cliente el número CPNP o el «código CPNP»? NO, en general no.
El CPNP no es un certificado destinado al cliente y el número de referencia CPNP no es un dato que, según el Reglamento sobre productos cosméticos, deba figurar en el envase del producto ni facilitarse habitualmente al usuario final.
2. ¿Qué es la SDS (ficha de datos de seguridad)?
La SDS (Safety Data Sheet) es una ficha de datos de seguridad utilizada principalmente para sustancias y mezclas químicas, de conformidad con la normativa europea REACH sobre sustancias químicas. Contiene, por ejemplo, información sobre propiedades peligrosas, manipulación segura, almacenamiento, primeros auxilios, medidas contra incendios, eliminación o transporte. Para el uso profesional habitual de un producto cosmético terminado, la ficha de datos de seguridad (SDS) no es automáticamente un documento que el salón deba obtener del distribuidor para cada producto.
⚠️¿Debe tener cada producto cosmético una ficha de datos de seguridad (SDS)? NO.
⚠️¿Necesito una ficha de datos de seguridad (SDS) como diseñadora de uñas o como salón de belleza? NO.
3. ¿Qué es el «certificado» de un producto cosmético?
El término certificado se utiliza en la práctica de forma muy general y puede referirse a distintos documentos. Sin embargo, en el caso de los productos cosméticos no existe un único «certificado de la UE» universal que deba expedirse automáticamente para cada esmalte en gel, gel u otro producto cosmético y entregarse al cliente.
⚠️¿Debe el vendedor expedir o entregar un «certificado» al cliente? NO, si la normativa específica para un producto concreto no exige dicho documento.
Por lo tanto, el cliente no puede exigir automáticamente un «certificado de cosméticos» indefinido como condición para el uso legal de un producto cosmético debidamente etiquetado. Si el cliente solicita un documento concreto, recomendamos precisar siempre qué documento solicita y para qué lo necesita.
4. ¿Qué es la declaración de conformidad de la UE?
⚠️¿Necesito una declaración de conformidad para un esmalte en gel o un gel? NO.
En el caso de los productos cosméticos, es necesario distinguir entre los cosméticos y los aparatos eléctricos y electrónicos.
¿Cuándo se utiliza la declaración de conformidad de la UE?
Es relevante sobre todo para los productos sujetos a la normativa de armonización europea, normalmente en el caso de determinados aparatos eléctricos y electrónicos. En el caso de un aparato concreto, siempre depende de qué normativa europea se le aplique.
⚠️¿Debe el vendedor entregar al cliente la declaración de conformidad de la UE? NO.
La forma de facilitar el documento se rige por la normativa específica aplicable al producto en cuestión. La declaración de conformidad es, ante todo, un documento que acredita el cumplimiento de los requisitos pertinentes de la UE y debe estar disponible, en particular, para que las autoridades de supervisión del mercado puedan realizar sus controles.
5. PIF y CPSR.
⚠️¿Está obligado el vendedor a entregar el PIF o el CPSR al cliente? NO.
Ni el PIF ni el CPSR completo son documentos destinados a ser facilitados habitualmente a los clientes finales o a los salones de belleza. El PIF contiene, entre otras cosas, información técnica, normativa y comercialmente sensible. La persona responsable está obligada a garantizar su disponibilidad a las autoridades de control competentes, de conformidad con los requisitos de la legislación europea. Ni siquiera un usuario profesional de un producto cosmético tiene, por el mero hecho de comprar el producto, derecho automático a recibir una copia del PIF o del CPSR.
6. ¿Tengo derecho, como cliente, a conocer la composición de un producto cosmético? SÍ.
De conformidad con la legislación, un producto cosmético debe incluir una lista de ingredientes (INCI), normalmente en el envase del producto. Además, la legislación europea establece un determinado alcance de la información que la persona responsable debe poner a disposición del público. Sin embargo, esto no implica que el cliente tenga derecho a obtener la fórmula completa del producto ni el PIF íntegro.
7. ¿Es una diseñadora profesional de uñas una «usuaria final»? SÍ, puede serlo.
Por lo tanto, un salón de belleza o una diseñadora de uñas que utilice el producto al prestar un servicio al cliente no tiene por qué ser automáticamente distribuidor del producto cosmético. La situación es diferente si el salón revende los productos o los comercializa de cualquier otra forma. En tal caso, también puede actuar en calidad de distribuidor, lo que le impone obligaciones adicionales.
8. ¿Es seguro y legal un producto etiquetado como «Professional Use Only»?
La etiqueta «Solo para uso profesional» significa que el producto está destinado a ser utilizado por una persona con formación profesional o cualificación adecuada, o bien que dicha restricción se deriva de los requisitos reglamentarios pertinentes. No significa que los productos cosméticos profesionales estén sujetos a requisitos de seguridad menos estrictos.
9. ¿Deben llevar los cosméticos el marcado CE? NO.
Los productos cosméticos no suelen llevar el marcado CE. El marcado CE se utiliza únicamente en las categorías de productos a las que se aplican las normas de armonización pertinentes de la UE. Por lo tanto, la ausencia del marcado CE en un producto cosmético no constituye un defecto.
10. ¿Cómo puedo saber si un producto cosmético se ha comercializado legalmente en la UE?
⚠️El consumidor no tiene que verificar la documentación reglamentaria interna del producto. En el envase del producto cosmético deben figurar los datos exigidos por la ley. En el caso de los productos importados de países no pertenecientes a la UE, también debe indicarse el país de origen.
11. ¿Debe figurar la información del producto cosmético en checo?
La información para la que la legislación checa exige el uso del checo debe figurar en checo cuando el producto se entrega al usuario final en la República Checa. La lista de ingredientes se indica según la nomenclatura cosmética prescrita por la INCI y no se traduce al checo de la forma habitual.
12. ¿Debe figurar la fecha de caducidad en los productos cosméticos?
Depende de la vida útil del producto. En el caso de los productos cosméticos con una vida útil mínima de 30 meses o menos, se indica la fecha de caducidad.
13. ¿Debe tener cada producto cosmético un número de lote?
El producto cosmético debe contener un número de lote de fabricación u otra indicación que permita su identificación. Este dato es importante, sobre todo, para la trazabilidad del producto y para la posible resolución de reclamaciones, problemas de seguridad o la retirada de un lote concreto del mercado.
14. ¿Quién es responsable de la seguridad de un producto cosmético?
La responsabilidad del cumplimiento de los requisitos clave de la legislación sobre cosméticos recae principalmente en la denominada «persona responsable» (Responsible Person) establecida en la UE. Su nombre o razón social y su dirección deben figurar en el producto cosmético. El distribuidor tiene sus propias obligaciones, en particular verificar los datos prescritos en el etiquetado, el cumplimiento de los requisitos lingüísticos y, en su caso, la fecha de caducidad, así como garantizar que el almacenamiento y el transporte no pongan en peligro la conformidad del producto con la normativa.
15. ¿Es el vendedor de cosméticos automáticamente la persona responsable? NO.
El vendedor o el distribuidor no es automáticamente la persona responsable. Se considera distribuidor a aquel sujeto de la cadena de suministro que no es ni el fabricante ni el importador y que suministra el producto cosmético al mercado.
16. ¿Qué ocurre si un salón de belleza también vende productos a los clientes?
Si el salón de belleza solo utiliza el producto cosmético para prestar un servicio, suele actuar como usuario final profesional. Sin embargo, si además revende los productos cosméticos a los clientes, en esta parte de su actividad pasa a formar parte de la cadena de distribución y se le aplican las obligaciones correspondientes al distribuidor.
17. ¿Puedo solicitar la fórmula exacta de un esmalte en gel u otro producto cosmético? NO.
Ni el cliente habitual ni el usuario profesional tienen derecho automático a conocer la fórmula completa de fabricación del producto. Para el cliente están destinadas, sobre todo, la lista de ingredientes INCI y demás información exigida por la ley. La composición cuantitativa completa forma parte de la documentación técnica del producto y puede constituir un secreto comercial del fabricante o de la persona responsable.
18. ¿Puede la autoridad de control solicitar documentación que el cliente no tiene por qué recibir? SÍ.
Es fundamental distinguir entre la documentación destinada al cliente y la destinada a las autoridades competentes. La persona responsable, el importador o el distribuidor deben, en el marco de sus obligaciones legales, colaborar con las autoridades de control competentes y, a petición justificada de estas, presentar la información y la documentación necesarias para demostrar la conformidad del producto.
19. Entonces, ¿qué documentos necesito realmente como cliente?
Para la compra y el uso habituales de un producto cosmético debidamente etiquetado, el cliente no suele necesitar: el número CPNP, el PIF, el CPSR completo ni la fórmula de fabricación completa. En el caso de un producto cosmético terminado destinado al usuario final, tampoco se exige automáticamente una ficha de datos de seguridad (SDS). El cliente debe disponer, ante todo, de la información necesaria para el uso correcto y seguro del producto, su identificación y cualquier otra información que la normativa establezca para ese tipo de producto.
20. ¿Cuál es la diferencia entre la documentación relativa a los productos cosméticos y la relativa a los aparatos eléctricos?
Es importante no confundir estas dos categorías.
Productos cosméticos —por ejemplo, esmaltes en gel, geles UV, bases o capas de acabado— están sujetos principalmente al Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos.
Los aparatos eléctricos y electrónicos —por ejemplo, lámparas UV/LED, lijadoras eléctricas o aspiradores— están sujetos a otra normativa europea.
En este caso, dependiendo del producto concreto, son especialmente relevantes el marcado CE, la declaración de conformidad de la UE, la documentación técnica, el manual de instrucciones y la información de seguridad. Por lo tanto, no se pueden exigir los mismos documentos para un producto cosmético y para un aparato eléctrico.
⚠️Aviso
La información que figura en esta sección tiene carácter meramente informativo. Las obligaciones pueden variar en función del tipo concreto de producto, su composición, su modo de uso, su origen, la forma de su comercialización y la posición de cada uno de los agentes en la cadena de suministro. Siempre prevalecerá la normativa vigente de la Unión Europea y de la República Checa aplicable al producto en cuestión.